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Para plasmar el acuerdo de servicio entre el cliente y la ESE, se firma un contrato de servicios energéticos y mantenimiento integral de las instalaciones de consumo energético, que es el instrumento legal al través del cuál el usuario de energía y la ESE acuerdan las condiciones técnicas y económicas en que se realizarán los mismos.
Los CSEs vienen a comportarse como un contrato de subcontratación de ahorro y eficiencia energética, donde la ESE asume la responsabilidad de proporcionar unos determinados resultados. Esta es la única manera de garantizar, de forma fiable, unos determinados ahorros energéticos.
Los modelos de este tipo de contrato son:
El cliente invierte en la instalación que propone la ESE a través del estudio energético y ésta ejecuta, mantiene y da servicio a la instalación, garantizando la obtención de un ahorro. El cliente amortiza la inversión o el préstamo con el que la ejecutó. Si se ahorra más de lo esperado, el excedente se puede repartir entre las partes y/o finalizar antes el contrato.
La empresa de servicios financia y ejecuta la instalación, mientras el cliente, con los ahorros que va obteniendo (“retornos”) paga los servicios durante un plazo previamente acordado. Una vez finalizado dicho plazo, la instalación pasa a ser de su propiedad.
FÓSIL + CENTRALIZADO ≠ RENOVABLE + DISTRIBUIDO
Economía Social = Desarrollo local
Nuestros objetivos son: